Dentro de las funciones notariales y administrativas de los cónsules está la de dar fe a certificar que la firma que aparece en un determinado documento efectivamente correspondiente al funcionario o persona particular que aparece como signatario del mismo.

Cuando se legaliza la firma de un particular, ésta debe firmar en presencia del funcionario consular. Como es natural, esta condición no es exigible tratándose de firmas de autoridades peruanas o de autoridades del país donde se encuentra el consulado. No obstante ello, por norma general la legalización por parte del consulado requiere como paso previo la legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o del país de donde procede el documento. Esto se explica por el hecho que nuestros consulados no tienen el registro de todas las firmas de autoridades nacionales o extranjeras, por lo que si les compete a las oficinas de legalizaciones de los ministerios de relaciones exteriores.

Legalización de Firmas de Autoridades:

1. Legalización de firma de Autoridades Extranjeras.- Para legalizar firmas de autoridades locales del lugar de jurisdicción del consulado, éstas deberán estar previamente legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país extranjero o, de ser el caso, por la entidad que haga sus veces. No obstante, cabe la posibilidad de legalizar las firmas que aparezcan en los documentos expedidos por autoridades oficiales de su jurisdicción, de manera directa, cuando estas se encuentres registradas en la oficina consular. Por ello, es recomendable que antes de iniciar el proceso de legalización de firmas de cualquier documento, se contacte con la oficina consular de su jurisdicción para conocer cual es la firma previa que requiere su documento antes de la legalización consular.
Costo:
  • Firmas en títulos profesionales o certificados de estudios otorgados a favor de peruanos: 1 sol consular, equivalente a US$ 1.
  • Existen además del anterior una variedad de casos con diferentes tarifas, se recomienda consultar con la oficina el caso particular.

2. Legalización de firma de autoridades peruanas en el exterior.- Para obtener esta legalización es necesario que el documento haya sido previamente legalizado en la Unidad de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (Jr. Ucayali 318 Lima-Perú).
Costo: 20 soles consulares, equivalente a US$ 20.

Legalización de firmas de particulares.- Es necesario que el signatario se apersone a la oficina consular con su Documento Nacional de Identidad si es peruano. Si es extranjero debe presentar documento de identidad del país de la jurisdicción consular o pasaporte vigente.
El interesado debe realizar la firma a legalizar en presencia del funcionario consular.
Costo: 25 soles consulares, equivalente a US$ 25.